Sociedades Profesionales en 2023

El día de ayer el SII publicó la Circular N°50 que viene a dar instrucciones sobre la aplicabilidad de la exención de IVA para Sociedades de Profesionales. Especial importancia tiene la opción que entrega para reorganizarse a fin de cumplir con los requisitos y prestar servicios exentos de IVA, sin que esto haga aplicable la norma antielusiva.

Toda vez que a contar del 1° de enero del 2023 todos los servicios estarán afectos a IVA, esto es particularmente relevante para quienes prestan servicios o asesorías profesionales (sociedades de abogados, arquitectos, ingenieros, etc.).

A contar del 1° de enero de 2023 solamente los servicios o asesorías profesionales prestadas por Sociedades de Profesionales y siempre que cumplan con una serie de requisitos podrán estar exentas de IVA.

En último término también cabe destacar que la mencionada Circular va a permitir que las Sociedades de Profesionales estén constituidas por socios que NO tengan títulos profesionales, es decir, se abre la posibilidad para prestar servicios técnicos u oficios exentos de IVA.

Para mayor información, escríbenos a contacto@quad.cl

Abrir chat
Escríbenos
¿Necesitas información de nuestros servicios? Conversemos por Whatsapp